RESOLUCION 1409/2011
MINISTERIO DE SALUD


 
Comisión Coordinadora Permanente de Oncología del Gobierno de la Ciudad. Deroga resolución 320/97.
Del: 25/08/2011; Boletín Oficial 13/09/2011

La Resolución N° 766/MSGC/11, la Resolución N° 320/GCBA/SS/97, el Decreto N° 1286-PEN-2010, la Carpeta N° 1586403/MSGC/2010 y el Expediente N° 1425079/11, y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución 766/MSGC/11, fue creada una Comisión de análisis de las actividades de prevención, registro y atención en materia de oncología en el Sistema de Salud del Gobierno de la Ciudad;
Que la propuesta de creación de la Comisión se tramitó por Carpeta 1586403/MSGC/2010, en la que obra la documentación de constitución del Instituto Nacional del Cáncer y el informe del Dr. Gustavo Jankilevich como representante este Ministerio en la misma;
Que la citada Comisión tuvo como objetivos relevar los recursos y actividades de prevención y atención oncológica en los efectores del Gobierno de la Ciudad; analizar la situación en materia de registros de tumores; y efectuar una propuesta operativa con respecto a la participación de la Ciudad en el Instituto Nacional del Cáncer creado por Decreto 1286-PEN-2010;
Que la coordinación de la Comisión estuvo a cargo del Dr. Gustavo Jankilevich, a quien se le encomendó asimismo la representación de este Ministerio ante el Instituto Nacional del Cáncer;
Que el informe final de la Comisión fue elevado en tiempo y forma a este Ministerio, y se adjunta al presente;
Que entre las conclusiones y recomendaciones de dicho informe se señala la conveniencia de crear una instancia que coordine las acciones y recursos de los diversos servicios y programas de oncología;
Que el informe también destaca la inexistencia y la necesidad de desarrollar un registro de tumores de la Ciudad;
Que asimismo se recomienda dar mayor relevancia a las actividades conjuntas de la Ciudad con el instituto Nacional del Cáncer;
Que en el mismo sentido, se propone una mayor formalización de las actividades desarrolladas entre este Ministerio y el Banco de Drogas del Ministerio de Salud de la Nación;
Que resulta adecuado por lo expuesto, la creación de una Comisión que entienda en la coordinación, desarrollo y supervisión de todas las actividades oncológicas en la Ciudad de Buenos Aires;
Que es conveniente que el Dr. Gustavo Jankilevich continúe en la coordinación de las actividades hasta aquí señaladas;
Que corresponde dejar sin efecto la Resolución 320/GCBA/SS/97, ya que la misma estableció una Comisión Asesora de Oncología de la ex Secretaria de Salud, cuyas funciones serán absorbidas por la presente;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

Artículo 1°.- Créase la Comisión Coordinadora Permanente de Oncología del Gobierno de la Ciudad, que dependerá de este Ministerio.
Art. 2.- Es objetivo de la Comisión contribuir al abordaje integral de la problemática del cáncer en la Ciudad de Buenos Aires, mediante la coordinación de servicios y programas de la especialidad, y la complementación de actividades con el orden nacional.
Art. 3°.- Son funciones de la Comisión:
a) Analizar y elevar periódicamente las existencias y necesidades de recursos en materia oncológica en la Ciudad;
b) Programar y evaluar las acciones conjuntas de prevención, diagnóstico, asistenciales y de capacitación de los servicios de oncología de los efectores de la Ciudad;
c) Requerir y analizar la información correspondiente a otras comisiones y programas existentes en materia de oncohematología, oncopediatría, y aspectos específicos de la problemática oncológica;
d) Elaborar y proponer normas y protocolos de diagnóstico y tratamiento para su utilización en la red de servicios de la Ciudad;
e) Proponer y organizar las actividades conducentes a la creación y funcionamiento del Registro de Tumores de la Ciudad;
f) Monitorear las actividades de solicitud y provisión de insumos entre el Banco Nacional de Drogas y los servicios de oncología de la Ciudad, y contribuir al cumplimiento de la información y procedimientos requeridos en dichas actividades;
g) Coordinar las actividades y la elaboración de la información derivadas de [a relación de la Ciudad con el Instituto Nacional del Cáncer creado por Decreto 1286-PEN-2010.
Art. 4.- Asígnase la coordinación de la Comisión al Dr. Gustavo Jankilevich.
Art. 5.- Serán funciones del coordinador:
a) Convocar y conducir las actividades de la Comisión;
b) Requerir a las diversas dependencias la información necesaria para el cumplimiento de los fines;
c) Realizar la coordinación operativa de los programas y actividades acordados para el conjunto de los servicios;
d) Invitar a participar en la Comisión a aquellas personas que contribuyan al cumplimiento de sus fines.
e) Representar al Ministerio de Salud ante el Instituto Nacional del Cáncer, el Banco Nacional de Drogas, y otras autoridades y dependencias nacionales y de otras jurisdicciones relacionadas con la problemática del cáncer.
Art. 6°.- La Comisión estará formada por los siguientes integrantes:
Dr Osear Duarte (Hospital Santojanni)
Dr Mario Simonetti (Hospital Argerich)
Dr Adolfo Marantz (Hospital Fernandez)
Dra Karina O'leary (Hospital Durand)
Dr Guillermo Temperley (Hospital Curie)
Dr Gustavo De Simone (Hospital Udaondo)
Dra Claudia Bagnes (Hospital Tornú)
Dra Alicia Elli (Hospital Ramos Mejía)
Dr Patricio Servientl (Hospital Alvarez)
Dra Irma Martínez Lazzarini (Hospital Pirovano)
Dr Enrique Roca (Hospital Udaondo)
Dra Clelia Vico (Hospital Penna)
Dr Aníbal Gil (Hospital Pinero)
Dra. Lucía Celebrin (Hospital Tornú)
Art. 7°- Déjase sin efecto la Resolución 320/GCBA/SS/97.
Art. 8°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás fines, pase a la Subsecretaría de Atención Integrada de Salud y a las Direcciones Generales Región Sanitaria I, II, III y IV, y notifíquese a los interesados.
Lemus


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