VISTO, el Expediente Nº 1-2095-S01:0000412/2011 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “Dr. CARLOS G. MALBRAN”, entidad, actuante en el MINISTERIO DE SALUD y el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2011, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 7 de enero de 2011 en virtud de la prórroga de la Ley Nº 26.546 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 2010, sus modificatorias y complementarias conforme a lo dispuesto por el Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010, complementado por el Decreto Nº 2054 también del 22 de diciembre de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario adecuar el presupuesto de la JURISDICCION 80 - MINISTERIO DE SALUD en la parte que corresponde al Organismo Descentralizado 906 - ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “Dr. CARLOS G. MALBRAN”, a efectos de incorporar remanentes de ejercicios anteriores en concepto de transferencias externas de manera de posibilitar su efectiva ejecución.
Que la incorporación de remanentes de ejercicios anteriores que se promueve opera por compensación con los recursos por transferencias externas originalmente aprobadas para el organismo citado para el corriente ejercicio fiscal sin alterar su presupuesto de gastos vigente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 37 de la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 26.124 y el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
El Jefe de Gabinete de Ministros decide:
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