VISTO el Expediente Nº 1-47-1110-845-11-0 del Registro de esta Administración Nacional; y
CONSIDERANDO:
Que por Disposición ANMAT N° 660/10 se habilitó a la droguería LENITY S.A. con domicilio en la calle Hipólito Yrigoyen 5843 de la Localidad de Remedios de Escalada - Partido de Lanús, Provincia de Buenos Aires, para efectuar Tránsito Interjurisdiccional de Medicamentos y Especialidades Medicinales.
Que con motivo de un allanamiento ordenado por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 5, en el marco de la causa Nº 12486/09, caratulada “N.N. S/ Tráfico de Mercaderías Peligrosas para la Salud”, el Programa Nacional de Control de Mercado de Medicamentos y Productos Médicos ha tomado conocimiento de que en dicho domicilio no funciona actualmente el establecimiento, encontrándose desocupado el predio.
Que de acuerdo a lo informado por el Programa Nacional de Control de Mercado de Medicamentos y Productos Médicos se sugiere la Cancelación de la Habilitación para Tránsito Interjurisdiccional de acuerdo a la Disposición N° 5037/09, Anexo II de Clasificación de Deficiencias D. Medidas Preventivas y/o Correctivas a aplicar ante la Detección de las Deficiencias, ítem 1.2.
Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Por ello;
El Interventor de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos, y Tecnología Médica dispone:
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