RESOLUCIÓN CONJUNTA 122/2011 y 1753/2011
SECRETARÍA DE GABINETE (S.G.) - MINISTERIO DE SALUD (M.S.)


 
Personal Permanente reencasillado en el Sistema Nacional de Empleo Público. Rectificación.
Del: 14/10/2011; Boletín Oficial 21/10/2011.

VISTO el Expediente Nº 2002-4229-10-1 y Nº 2002-7749-10-6 del registro del MINISTERIO DE SALUD, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios Nº 423 de fecha 25 de marzo de 2010 y Nº 1914 de fecha 7 de diciembre de 2010, el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O. 1995) y modificatorios, la Resolución Conjunta Nº 68 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y Nº 359 del MINISTERIO DE SALUD de fecha 25 de setiembre de 2009, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA Nº 79 del 9 de diciembre de 2008 y el Decreto Nº 196 de fecha 24 de febrero 2011, y
CONSIDERANDO:
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/08 y modificatorios, establece en el Título XIII las pautas para el reencasillamiento del personal.
Que por la Resolución Conjunta Nº 68 y Nº 359 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y del MINISTERIO DE SALUD de fecha 25 de setiembre de 2009 se aprobó el reencasillamiento del personal permanente de este último en el mencionado Sistema.
Que el referido Ministerio ha remitido los Formularios de Reencasillamiento de los agentes consignados en el Anexo que se acompaña, suscriptos por la autoridad competente para proceder a la rectificatoria de su reencasillamiento.
Que han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales signatarias del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, expresando su conformidad según consta en el Acta Nº 103 glosada en el Expediente citado en el Visto.
Que la propuesta de rectificatoria del reencasillamiento de los causantes, sobre la base de los datos contenidos en el Formulario de Reencasillamiento del Personal Permanente firmado por la autoridad superior y el titular de la unidad organizativa establecidos en los artículos 1º y 2º de la Resolución ex S.G.y.G.P. Nº 79/08, cumple con las pautas establecidas en el mencionado Título XIII del Sistema Nacional de Empleo Público.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, ambas de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 127 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/08 y modificatorios, el articulo 5º de la Resolución ex SG y GP Nº 79/08 y el Decreto Nº 196 de fecha 24 de febrero de 2011.
Por ello,
La Secretaria de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros y el Ministro de Salud resuelven:

Artículo 1º.- Rectifícase el reencasillamiento en el Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08 y modificatorios, dispuesto por la Resolución Conjunta Nº 68 y Nº 359 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y del MINISTERIO DE SALUD de fecha 25 de setiembre de 2009 de los agentes que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.
Art. 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Dra. Da. Silvina Elena Zabala, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete de Ministros; Dr. Juan Luis Manzur, Ministro de Salud.

ANEXO I

e. 21/10/2011 Nº 135886/11 v. 21/10/2011

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