LEY 8173
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Adhiere a la ley nacional 26.586, Programa Nacional de Educación y Prevención sobre las Adicciones y el Consumo Indebido de Drogas.
Sanción: 11/11/2010; Boletín Oficial 29/12/2010

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1º.- Adhiérese la Provincia de San Juan a la Ley Nacional Nº 26.586 por la cual se crea el “Programa Nacional de Educación y Prevención sobre las Adicciones y el Consumo Indebido de Drogas”.
Art. 2º.- Invítase a los Municipios a adherir a la presente Ley.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.


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