RESOLUCIÓN 419/1995
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (I.N.C.U.C.A.I.)


 
Apruébanse las normas que determinan los tiempos de corte de las distintas secuencias de un operativo de procuración de órganos.
Del: 18/12/1995; Boletín Oficial 26/12/1995.

VISTO Los deberes y atribuciones del INCUCAI previstos en el artículo 44 de la Ley N° 24.193 y:
CONSIDERANDO:
Que es función primordial y específica del Instituto Nacional la procuración de órganos y tejidos para trasplante.
Que los operativos de procuración determinan la necesidad de desarrollar las tareas en tiempos exiguos, teniendo en cuenta su naturaleza y el riesgo inminente de pérdida de un donante cadavérico.
Que dichos operativos culminan con la ablación de los órganos y tejidos procurados, resultando necesario acortar los tiempos de isquemia fría de los órganos ablacionados; lo que redunda en beneficio del implante de que se trate.
Que asimismo es indispensable, una vez asignado el órgano, la confirmación por parte de los equipos de implante involucrados, de la aceptación de aquél en un tiempo que permita la reasignación de dichos órganos y tejidos en caso de rechazo. Ello con el objeto de evitar la demora que, en definitiva, pondría en riesgo la viabilidad de los órganos procurados.
Que a estos efectos deviene imperioso determinar tiempos de corte en todas las etapas que conforman un operativo de procuración; los que -según el órgano de que se trate- se fijan en' forma diferenciada.
Que la medida que se adopta ha sido decidida por el honorable Directorio en su Sesión N" 135 del 13 de diciembre de 1995.
Que el Departamento Jurídico ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
El Honorable Directorio del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante resuelve:

Artículo 1º.- Apruébanse las normas que determinan los tiempos de corte de las distintas secuencias de un operativo de procuración de órganos que a continuación se establecen, las que serán de aplicación para los operativos que desarrolle la Guardia Médico Operativa (Departamento CUCAIFED) del INCUCAI.
Art. 2º.- Apruébanse los tiempos de corte para riñón, según los siguientes criterios:
inc. a) El INCUCAI buscará telefónicamente al profesional médico a cargo del paciente en un plazo no mayor a una (1) hora. Si resultara infructuosa o imposible su localización, el paciente quedará excluido de la lista definitiva de distribución.
inc. b) Establecido el contacto con el médico a cargo del paciente, éste dispondrá de una (1) hora para aceptar o rechazar la incorporación del mismo a la lista definitiva de distribución. El término de una (1) hora incluye la confirmación de la institución en la que el paciente será trasplantado.
inc. c) El Organismo Nacional de Procuración podrá disponer la efectivización del implante en el centro que a estos efectos designe, en caso de que el médico a cargo no lo defina.
inc. d) Con el objeto de efectivizar el cross match del paciente a trasplantar, éste deberá hacerse presente en el laboratorio de histocompatibilidad o, en su defecto, remitirse la muestra de sangre requerida a dicho laboratorio, en un plazo máximo de cinco (5) horas. Caso contrario. quedará excluido de la lista definitiva de distribución.
inc. e) Confirmado el cross match negativo del paciente por parte del laboratorio de histocompatibilidad, el centro de implante deberá retirar el órgano distribuido en un plazo de dos (2) horas. Transcurrido dicho plazo el órgano será asignado al siguiente paciente con cross match negativo en la lista de distribución.
Art. 3º.- Apruébanse los tiempos de corte para hígado, corazón, pulmón y block cardiopulmonar según los siguientes criterios:
inc. a) Una vez asignado el órgano de que se trate a un receptor determinado, el equipo que: llevará a cabo el implante deberá informar inmediatamente al Organismo Nacional si el paciente se encuentra en condiciones de ser trasplantado. Si el potencial receptor no reuniera dichas condiciones se pasará al siguiente de la lista de receptores.
inc. b) Una vez que el Organismo Nacional determina la hora en que se llevará a cabo la ablación del órgano de que se trate, el equipo responsable de dicha ablación deberá hacerse presente en el lugar en que el donante cadavérico se encuentra, en el plazo máximo de una hora. Si el equipo manifestara su imposibilidad de cumplir con dicho plazo, se pasará al receptor siguiente en la lista de distribución.
inc. c) Vencido el plazo previsto en el inc. b) precedente, no haciéndose presente el equipo de ablación convocado, se procederá a la ablación de los demás órganos si se tratara de un donante cadavérico multiorgánico.
Art. 4º.- Apruébanse los tiempos de corte para córneas, según los siguientes criterios:
inc. a) El INCUCAI asignará el tejido al paciente y buscará telefónicamente al profesional a cargo del mismo en un plazo máximo de una (1) hora. Al mismo tiempo informará al paciente la asignación a su favor del tejido. En caso de resultar infructuosa la búsqueda del profesional a cargo de dicho paciente, ofrecerá al mismo la alternativa de otro centro de implante.
inc. b) El médico a cargo del receptor deberá definir la situación del paciente en un plazo de una (1) hora. Transcurrido el plazo se seguirá con el siguiente paciente en lista de espera.
inc. c) El profesional deberá retirar el tejido en un plazo de doce (12) horas. Transcurrido dicho plazo se ofrecerá al paciente la alternativa de otro centro de implante.
Art. 5º.- Apruébanse los tiempos de corte para hígado, corazón, pulmón y block cardiopulmonar para el caso que los referidos órganos se distribuyan a nivel nacional, según el criterio establecido en el articulo 3 inc. a) de la presente resolución.
Art. 6º.- Apruébanse los tiempos de corte en los operativos de distribución nacional para riñón, según los siguientes criterios:
inc. a) Establecido el contacto con el médico a cargo del paciente, éste dispondrá de una (1) hora para aceptar o rechazar la incorporación del mismo a la lista definitiva de distribución. El término de una (1) hora incluye la confirmación de la Institución en que el paciente será trasplantado.
inc. b) Con el objeto de efectivizar el cross match del paciente a trasplantar, éste deberá hacerse presente en el laboratorio de histocompatibilidad o, en su defecto, remitirse la muestra de sangre requerida a dicho laboratorio, en el plazo de doce (12) horas.
Art. 7º.- Los tiempos de corte para los operativos regionales, serán establecidos por los respectivos organismos regionales o jurisdiccionales intervinientes según las modalidades y circunstancias específicas de cada región o jurisdicción.
Art. 8º.- Regístrese. Comuníquese a todas las áreas del INCUAI, a la Sociedad Argentina de Trasplantes, a la Sociedad Argentina de Histocompatibilidad, á los Organismos Regionales y a los Jurisdiccionales. Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido archívese.
Dr. Daniel R. Neustadt, Presidente I.N.C.U.C.A.I.
Dr. Roberto Cambariere, Director I.N.C.U.C.A.I.
e. 26/12 N° 4048 v. 28/12/95


Copyright © BIREME  Contáctenos