RESOLUCIÓN 239/2005
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (I.N.C.U.C.A.I.)


 
Registro nacional de donantes de órganos y tejidos y registro nacional de donantes de células progenitoras hematopoyeticas (CPH).
Del: 25/08/2005; Copia Oficial 2005.

VISTO:
Las competencias asignadas a este Instituto Nacional Central Único Coordinador De Ablación E Implante por la Ley 24.193, el Decreto Nº 512/95 y la Resolución INCUCAI Nº 117 del 20 de mayo de 2004; y
CONSIDERANDO:
Que el acto administrativo citado en el visto aprueba el Sistema Nacional de Información de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA), para el desarrollo de la actividad de procuración y trasplante en el ámbito nacional.
Que en el marco del citado sistema informático se han ido implementando los distintos módulos previstos para lograr un efectivo registro, fiscalización y control de la actividad de procuración y trasplante.
Que en este sentido resulta pertinente aprobar los manuales del usuario correspondientes a la implementación del Registro Nacional de Donantes de Organos y Tejidos (Módulo 5) y el Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas (Módulo 6).
Que los Departamentos de Asuntos Jurídicos, de Informática, de Comunicación Social y la Dirección del Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas, han tomado la intervención de su competencia.
Que quienes suscriben la presente son competentes para resolver en esta instancia en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 44 de la Ley 24.193 y Decreto Reglamentario Nº 512/95.
Que la presente medida ha sido considerada y aprobada en reunión de Directorio del día, conforme surge del texto del Acta
Por ello;
El Directorio del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante resuelve:

Artículo 1º.- Apruébanse los Manuales del Usuario correspondientes a los Módulos 5 y 6 del sistema nacional de información de procuración y trasplante de la república argentina (SINTRA), denominados registro nacional de donantes de órganos y tejidos y registro nacional de donantes de células progenitoras hematopoyeticas (CPH) respectivamente, obrantes en los ANEXOS I y II de la presente resolución.
Art. 2º.- Regístrese. Comuníquese a la Secretaría de Políticas, Regulación y Relaciones Sanitarias del Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación, a los Organismos Jurisdiccionales de Ablación e Implante y a las áreas correspondientes de este Instituto. Cumplido archívese.


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