DECRETO 619/2010
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


 
Promoción y Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Reglamentación de la ley 12.967
Del: 30/04/2010; Boletín Oficial 12/05/2010

VISTO:
El expediente N° 01501-0052801-3 de los registros del S.I.E. y la Ley Nº 12.967; y,
CONSIDERANDO:
Que la Convención de los Derechos del Niño planteó una nueva consideración jurídica y social de la infancia y la adolescencia instaurando el paradigma de la protección integral desde el que se concibe a las niñas, niños y adolescentes como sujetos plenos de derechos.
Que con su incorporación a la Constitución Nacional junto a otros tratados de derechos humanos se ha conformado el bloque federal de constitucionalidad a cuya luz debe revisarse toda la normativa interna.
Que se sancionó la Ley Nacional Nº 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes con el objeto de promover acciones positivas que tiendan al aseguramiento del goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución Nacional y los tratados internacionales.
Que era necesario el dictado de una ley provincial que además del reconocimiento formal de los derechos de los que son titulares las niñas, niños y adolescentes, defina criterios y modos de actuación del Estado provincial adecuados al modelo de protección integral de derechos, a la vez que permita operar como una herramienta efectiva que posibilite la construcción del Sistema Provincial de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
Que en ese sentido la Ley Nº 12.967 de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes respondió acabadamente a esa expectativa, instrumentando los medios para asegurar la plena satisfacción de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, a través de un marco normativo con procedimientos explícitos para la adopción de medidas de protección integral y excepcional que permitan el restablecimiento de los derechos vulnerados.
Que el PODER EJECUTIVO PROVINCIAL considera que es sumamente importante reglamentar la Ley Nº 12.967 a fin de brindar mayor operatividad que facilite la aplicación de todo el cuerpo normativo. Que se propone regular los procedimientos que guíen las acciones de cada uno de los integrantes del Sistema generando una intervención adecuada que se traduzca en una protección eficaz de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Que el presente decreto no agota el imperativo emanado del art. 73 de la Ley 12.967 ni las posibilidades de reglamentación de la norma.
Que el PODER EJECUTIVO PROVINCIAL se encuentra facultado para el dictado del presente en virtud de lo dispuesto por el art. 72 inc. 4 de la CONSTITUCIÓN PROVINCIAL.
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA

Artículo 1º: Apruébese la reglamentación de la Ley Nº 12.967 Promoción y Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, la que como Anexo I y II, forman parte integrante del presente Decreto.
Art. 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Binner; Farías


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