LEY 5645
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Adhiere a la ley nacional 26.529. Derechos del Paciente, Historia Clínica y Consentimiento informado.
Sanción: 30/06/2010; Promulgación: 21/07/2010; Boletín Oficial 23/07/2010


Artículo 1.- Adhiérase la Provincia de Jujuy a la Ley Nacional Nº 26.529 “Derechos del Paciente, Historia Clínica y Consentimiento informado”, de acuerdo a lo expresado en el artículo 22 de la mencionada norma legal.
Art. 2.- El Poder Ejecutivo Provincial reglamentará la presente, dentro de los ciento veinte días de su promulgación.
Art. 3.- Comuníquese al poder Ejecutivo Provincial


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