LEY 3148
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ


 
Institución del mes de Octubre como Mes del Cáncer de Mama.
Sanción: 12/08/2010; Boletín Oficial 21/09/2010

El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz sanciona con Fuerza de LEY:

Artículo 1.- Institúyase el mes de octubre de cada año como: "Mes de la Prevención del Cáncer de Mama", realizándose campañas de concientización, consultas médicas y mamografías gratuitas con el fin de la detección precoz y la prevención del cáncer de mama.-
Art. 2.- CRÉASE el Fondo Provincial "Conciencia sobre el Cáncer de Mama", que será de afectación específica, destinado a campañas de prevención del cáncer de mama que incluyan todas las acciones tendientes al esclarecimiento y la prevención de esta patología, no pudiendo ser afectados a erogaciones destinadas para sueldo de personal y equipamiento, el que estará conformado de la siguiente manera:
a) Las partidas asignadas anualmente por el Poder Ejecutivo Provincial en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos;
b) Los fondos, subvenciones y/o subsidios provenientes del Gobierno Nacional u organismos Internacionales, Nacionales, Provinciales y Municipales, tanto públicos como privados;
c) La contribución solidaria de carácter voluntario de los empleados públicos, previa manifestación expresa, dependientes del Poder Ejecutivo (Organismos Descentralizados, Empresas del Estado y Entes Autárquicos) y del Poder Legislativo;
d) Herencias, legados, donaciones u otras liberalidades que se perciban sean estas tanto de personas físicas como instituciones públicas o privadas;
e) Cualquier otro ingreso no previsto en los incisos anteriores que se establezca en la respectiva reglamentación.-
Art. 3.- La autoridad de aplicación de la presente Ley, será el Ministerio de Asuntos Sociales.-
Art. 4.- El Poder Ejecutivo Provincial, reglamentará la presente Ley en un plazo de ciento veinte (120) días de su promulgación.-
Art. 5.- DERÓGUESE la Ley 2945.
Art. 6.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
Ruben Contreras; Daniel Alberto Notaro


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