RESOLUCIÓN 1326/2010
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD (S.S.Sal.)


 
Modificación de la Resolución Nº 370/2010.
Del: 12/11/2010; Boletín Oficial 17/11/2010.

VISTO las Leyes Nros. 23.660, 23.661, 24.977, 25.865, 26.063, 26.427, los Decretos Nros. 9/93, 576/93, 1901/06, 1/2010, la Resolución Nº 370/2010 del Registro de esta Superintendencia de Servicios de Salud y el Expediente Nº 177.557/2010-SSSalud, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución citada en último término en el VISTO se han dispuesto actualizaciones en la identificación de los beneficiarios en el Padrón que administra esta Superintendencia de Servicios de Salud.
Que a partir de la implementación de la codificación dispuesta en el Anexo I del citado acto administrativo, se han planteado una serie de inquietudes por parte de los Agentes del Seguro de Salud respecto de situaciones no contempladas en la Resolución o de las que surge la necesidad de efectuar alguna interpretación.
Que con la codificación que se introduce en la presente se identifica un nuevo segmento poblacional que aporta mayor control de esta Superintendencia de Servicios de Salud.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos 1615/96 y 1034/09.
Por ello,
El Superintendente de Servicios de Salud resuelve:

Artículo 1º.- Incorpórase al Anexo de la Resolución Nº 370/2010 del Registro de esta
Superintendencia de Servicios de Salud la siguiente categoría de beneficiarios:

Art. 2º.- Respecto de la categoría incorporada en el Artículo 1º de este acto administrativo, será el Agente del Seguro de Salud el único garante de remitir la información de padrón y su actualización a esta Superintendencia de Servicios de Salud, así como el responsable de retener y depositar a la orden de este Organismo el aporte al Fondo Solidario de Redistribución.
Art. 3º.- Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido gírese a la Gerencia de Asuntos Jurídicos.
Dr. Ricardo E. Bellagio, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.
e. 17/11/2010 Nº 140173/10 v. 17/11/2010


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