LEY 8197
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Programa de Nutrición y Alimentación Nacional. Adhesión a la ley nacional 25.724.
Sanción: 27/07/2010; Promulgación: 18/08/2010; Boletín Oficial 07/09/2010


Artículo 1° - Adhiérase por la presente, a la Ley Nacional N° 25.724, que establece en su articulado la creación del Programa de Nutrición y Alimentación Nacional, a los efectos de implementarlo en el ámbito del Gobierno de la Provincia de Mendoza.
Art. 2° - Asimismo, adhiérase por la presente a los objetivos, ámbito de aplicación, población beneficiaria, prestaciones básicas, sistemas alternativos al grupo familiar y prestaciones alternativas de la Ley mencionada en el artículo precedente.
Art. 3° - El Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza, coordinadamente con los municipios, será la autoridad de aplicación de la presente ley, a través de la Dirección o del Organismo que se designe.
Art. 4° - Comuníquese, etc.


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