LEY VII-0582-2007
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (PLP)


 
Aprobación de convenios suscripto con el Ministerio de Salud de la Nación, cuyo objetivo es fortalecer el acceso de la población al diagnóstico precoz y tratamiento oportuno de patologías oculares y asimismo, contribuir a la disminución de la ceguera por cataratas a través de la cirugía.
Sanción: 26/09/2007; Promulgación: 04/10/2007; Boletín Oficial 08/10/2007.

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de San Luis, sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1º.- Aprobar el Convenio y Anexos I, II, III y IV, Programa de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado por el Ministro Doctor Ginés Mario Gonzalez García y el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por el Señor Ministro Secretario de Estado de Salud, Licenciado Eduardo Jorge Gomina, D. N. I. Nº 16.330.901, cuyo objetivo es fortalecer el acceso de la población al diagnóstico precoz y tratamiento oportuno de patologías oculares y asimismo, contribuir a la disminución de la ceguera por cataratas a través de la cirugía, cuya vigencia es a partir el 20 de Noviembre de 2006 el cual será renovado automáticamente por períodos anuales, homologado por Decreto Nº 1899-MdeS-2007.
Art. 2º.- Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo y archivese.
Salino; Verges; Vallejo; Pereyra.


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