LEY 6483
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA


 
Análisis de HIV para toda mujer embarazada.
Sanción: 02/07/1998; Promulgación: 05/08/1998; Boletín Oficial 13/11/1998

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

Artículo 1º.- Establécese con carácter obligatorio en todo el ámbito provincial el análisis del HIV para toda mujer embarazada a partir del segundo mes de gestación.-
Art. 2º.- La prestación del examen indicado en el artículo precedente se realizará en forma gratuita en los Centros Asistenciales de la Provincia, autorizados al efecto. La paciente podrá optar por el examen en Centros Privados.-
Art. 3º.- La Autoridad de Aplicación de la presente Ley, será el Ministerio de Salud y Desarrollo Social.-
Art. 4º.- El efector deberá solicitar el o los exámenes complementarios que considere necesarios para confirmar el diagnóstico de la patología detectada. Los exámenes deberán realizarse bajo estricto secreto profesional.-
Art. 5º.- Autorízase a la Función Ejecutiva a modificar las partidas presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.-
Art. 6º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Carlos Osvaldo Cerezo - Raúl Eduardo Romero


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