LEY 8017
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Adhiere La Rioja a la Ley Nacional Nº 25.649 de promoción de la utilización de medicamentos por su nombre genérico.
Sanción: 03/08/2006; Promulgación: 18/08/2006; Boletín Oficial 15/09/2006

La Cámara de Diputados de la provincia, sanciona con Fuerza de Ley:

Artículo 1º.- Adhiérese la Provincia de La Rioja, a la Ley Nacional Nº 25.649 de “Prescripción de Medicamentos por su nombre Genérico”, como así también a las reglamentaciones que en su consecuencia se hubiesen dictado o dictasen en el futuro.-
Art. 2º.- Derógase la Ley Nº 7.269.-
Art. 3º.- El Ministerio de Salud Pública será la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.-
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Sergio Guillermo Casas; Raúl Eduardo Romero


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