LEY 5617
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY


 
Día Nacional del Donante Voluntario de Sangre. Adhesión a la ley nacional 25.936.
Sanción: 01/10/2009; Promulgación: 21/10/2009; Boletín Oficial 26/10/2009


Artículo 1° - Adhiérese la Provincia de Jujuy a la Ley Nacional N° 25.936, que declara al 9 de noviembre de cada año "Día Nacional del Donante Voluntario de Sangre".
Art. 2° - El Poder Ejecutivo Provincial implementará a través del Ministerio de Educación, la incorporación del 9 de noviembre como Día Nacional del Donante Voluntario de Sangre, así como la vida y aportes del Dr. Luis Agote, en el Anuario Escolar de la Provincia para que se efectúen las acciones de información, sensibilización y reflexión en todas las instituciones educativas y en sus distintos niveles y ciclos del sistema educativo.
Art. 3° - Comuníquese, etc.


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