LEY 5529
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY


 
Adhesión a la ley nacional nº 25.404 de Protección para las Personas que padecen Epilepsia.
Sanción: 12/10/2006; Promulgación: 03/11/2006; Boletín Oficial 27/11/2006


Artículo 1º.- Adhiérese la Provincia de Jujuy a la Ley Nacional Nº 25.404, que establece medidas especiales de protección para las personas que padecen epilepsia.
Art. 2º.- El Ministerio de Salud será el Organismo de Aplicación de la Presente Ley. El mismo elaborará y pondrá en práctica un Programa para el cumplimiento de esta Ley.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.


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