DECRETO 1330/2009
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
Programa de Sanidad Escolar en la Provincia de Mendoza.
Del: 24/06/2009; Boletín Oficial 03/12/2009.

Visto el expediente 2517-M-09-77770, en el cual se solicita la aprobación del Acuerdo de Trabajo, celebrado oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Sr. Ministro de Salud, Dr. Aldo Sergio Saracco, el Ministerio de Salud de la Nación, representado por la Sra. Ex - Ministra de Salud, Lic. María Graciela Ocaña y la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el Rector de la Universidad, Ing. Agr. Arturo Roberto Somoza, con el objeto de establecer las condiciones de cooperación entre las partes para el desarrollo del plan de trabajo presentado por la citada Universidad y la Provincia, en el marco del Programa de Sanidad Escolar del Ministerio de Salud de la Nación.
Por ello, en razón del pedido formulado,
El Gobernador de la Provincia decreta:

Artículo 1°.- Apruébese el Acuerdo de Trabajo celebrado oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Sr. Ministro de Salud, Dr. Aldo Sergio Saracco, el Ministerio de Salud de la Nación, representado por la Sra. Ex-Ministra de Salud, Lic. María Graciela Ocaña y la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el Rector de la Universidad, Ing. Agr. Arturo Roberto Somoza, con el objeto de establecer las condiciones de cooperación entre las partes para el desarrollo del plan de trabajo presentado por la citada Universidad y la Provincia, en el marco del Programa de Sanidad Escolar del Ministerio de Salud de la Nación, el que en fotocopia autenticada como Anexo forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
Celso Alejandro Jaque; Aldo Sergio Saracco.

ANEXO
ACUERDO DE TRABAJO ENTRE EL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO Y EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE SANIDAD ESCOLAR EN LA PROVINCIA DE MENDOZA
Entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza en adelante “La Provincia” representado por el Sr. Ministro de Salud Dr. Sergio Saracco con domicilio en Peltier 512, 5º piso, Casa de Gobierno de la Ciudad de Mendoza; el Ministerio de Salud de la Nación, representado en este acto por la Sra. Ministra de Salud, Lic. María Graciela Ocaña, con domicilio en la Av. 9 de Julio N° 1925, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “La Nación” y la Universidad Nacional de Cuyo, representado en este acto por el Rector de la Universidad, Ing. Agr. Arturo Roberto Somoza, con domicilio en Centro Universitario - M5502JMA, de la Ciudad de Mendoza, en adelante “La Universidad”, se conviene en celebrar el presente Acuerdo para la puesta en marcha del Programa de Sanidad Escolar, a tenor de las siguientes cláusulas:
OBJETO
Primera: El objeto del presente acuerdo es establecer las condiciones de cooperación entre las partes para el desarrollo del plan de trabajo presentado por La Universidad y La Provincia; en el marco del Programa de Sanidad Escolar del Ministerio de Salud de la Nación.
FINALIDAD
Segunda: La finalidad del presente convenio se centraliza en: a) Implementar el Programa de Sanidad Escolar en las escuelas primarias de la Provincia de Mendoza.
Completar el diagnóstico de salud médica y odontológica de los escolares de 1° y 7° grado
Realizar educación para la salud a las comunidades educativas de las escuelas de la Provincia donde se implementa el ProsanE.
Brindar experiencia práctica y teórica que complemente la formación de los egresados de las escuelas de medicina, odontología y enfermería de La Universidad en salud comunitaria.
RESULTADOS ESPERADOS
Tercera: Al finalizar el curso del año 2009, los profesionales médicos, odontólogos y los alumnos del último año de las carreras de medicina, enfermería y odontología que fueran convocados a formar parte de los equipos que visitarán las escuelas primarias públicas y privadas de la provincia de Mendoza, habrán completado con el consentimiento de los padres y/o tutores, el examen de salud clínica y odontológica, el control de los esquemas de vacunación y la topicación con flúor de los escolares de 1° y 7° grado. Se habrán realizado durante la visita acciones de educación para la salud en: prácticas saludables de higiene personal que incluye lavado de manos y cepillado dental, alimentación saludable, uso del tiempo libre, normas de convivencia y cuidado personal con contenidos adaptados al nivel. Al finalizar el examen de los escolares por escuela, el equipo realizará un listado de los escolares que tengan esquemas incompletos de inmunizaciones, detallando las vacunas y dosis a completar, para ser enviado a las autoridades de la Provincia a fin de la organización del operativo de vacunación para cada escuela.
EL REGISTRO DE LA INFORMACIÓN
Cuarta: Los datos que surjan del examen, clínico y odontológico, así como de los esquemas de vacunación que presenten los escolares serán registrados en un formulario de control para cada escolar. Esta información será registrada en una base electrónica, siendo responsabilidad del coordinador académico designado por La Universidad según perfil y responsabilidades (Anexo A), la carga de datos, la consolidación, el análisis y la remisión a las autoridades de Salud de la provincia de Mendoza y al Ministerio de Salud de la Nación en forma mensual.
La Nación entregará el modelo de formulario de control y el software para su carga. Esta información mensual se complementará con un informe general al finalizar esta etapa del Programa en el mes de diciembre del 2009.
EQUIPO DE TRABAJO
Quinta: La Universidad designará un coordinador académicoadministrativo del Programa, y La Provincia un coordinador médicooperativo.
Este último profesional tendrá la responsabilidad de la coordinación de acciones con las autoridades de Educación de la Provincia de Mendoza, la articulación con las responsables locales de Salud provincial en relación a las referencias de pacientes que necesitaran acudir a servicios del sistema de salud para completar diagnóstico así como el seguimiento de los escolares hasta que los problemas identificados se encuentren solucionados o en tratamiento. Los equipos que visiten las escuelas estarán compuestos por un pediatra, médico generalista y/o de familia, odontólogo, estudiantes del último año de las carreras de medicina, enfermería, kinesiología y odontología. El examen clínico será de la sola responsabilidad de los médicos, el examen odontológico y la topicación con flúor de los odontólogos, reservándose para los alumnos de grado las acciones de control antropométrico, la determinación de la agudeza visual, la evaluación de los esquemas de vacunación, las acciones de educación para la salud y, en la medida de lo posible, la evaluación auditiva por técnica de “voz cuchicheada” (Prueba de Tato) y la evaluación de fonación. Los profesionales miembros de los equipos de trabajo convendrán con La Universidad las condiciones contractuales.
EQUIPAMIENTO E INSUMOS
Sexta: La Universidad realizará la adquisición de los insumos y equipamiento detallados en el Anexo C con cargo a los fondos transferidos por La Nación y en acuerdo con La Provincia.
OBLIGACIONES DE LA NACION Y DE LA UNIVERSIDAD
Séptima: Son competencias de La Nación:
1. Aprobar el plan de trabajo presentado por La Universidad en acuerdo con La Provincia.
2. Transferir a La Universidad los fondos necesarios para el financiamiento de las actividades que se determinan en el Anexo A.
3. Dar consentimiento expreso respecto de la selección de los coordinadores y profesionales a contratar por La Universidad.
4. Suministrar los fondos para la compra del equipamiento y los insumos que figuran en el Anexo C y/o Manual de procedimientos.
5. La forma de pago a La Universidad se detalla en el Anexo B.
6. Realizar el monitoreo y la evaluación del desarrollo del plan de trabajo y el alcance de las metas en él propuestas.
7. Realizar la evaluación de los informes de gestión producidos por La Universidad pudiendo aplicar las penalidades previstas en la cláusula octava en caso de incumplimiento.
Estará a cargo de La Universidad:
1) Disponer de una cuenta a efectos que La Nación transfiera los fondos necesarios para el financiamiento de los contratos y compras de suministros
y servicios.
2) Efectuar la rendición de los contratos según la forma que La Nación lo solicite, de acuerdo a lo establecido en el Anexo B.
3) Designar un coordinador académico para y durante la implementación del ProSanE, con funciones establecidas en el Anexo A.
4) Designar un coordinador administrativo para y durante la implementación del ProSanE, con funciones establecidas en el Anexo A.
5) Contratar a los profesionales integrantes de los equipos de atención luego de su selección y del acuerdo con La Provincia.
6) Desarrollar el plan de trabajo en acuerdo con La Provincia para la implementación del ProSanE en la provincia de Mendoza.
7) Remitir a La Nación un informe mensual de gestión sobre las actividades desarrolladas.
8) Realizar en acuerdo con La Provincia las actividades de capacitación a los miembros de los equipos médico odontológicos en contenidos clínicos, odontológicos y de educación para la salud.
9) Realizar la supervisión del desempeño de los alumnos seleccionados por La Universidad para integrar los equipos de atención.
10) Comprometer la participación de las Facultades de Medicina y Odontología y reservándose la opción de incorporar otra que la Universidad considere.
Estará a cargo de La Provincia:
1) Elaborar en acuerdo con La Universidad, el plan de trabajo.
2) Designar un coordinador operativo médico-odontológico.
3) Proponer a La Universidad los profesionales a contratar para la conformación de equipos locales de trabajo.
4) Remitir a La Universidad para su ingreso a la base de datos, la información que surja del examen de los escolares.
5) Supervisar el desempeño de los equipos de trabajo, en el examen de los escolares, las prestaciones odontológicas, las acciones de educación para la salud, el registro de la información en los formularios de control, las condiciones de confidencialidad de los datos, la devolución de la información a los padres y docentes y las indicaciones generales para las referencias que fueran necesarias y la coordinación para brindar los servicios de mayor complejidad acorde a las posibilidades existentes en la red de salud.
RESPONSABILIDAD
Octava: La Universidad asume la responsabilidad de la actuación de los equipos docentes a su cargo, vinculada con la ejecución del Programa, en el ámbito de su jurisdicción y se responsabiliza por toda consecuencia derivada del incumplimiento o cumplimiento defectuoso de cualquier obligación emergente del presente convenio que se encuentre a su cargo.
RESOLUCIÓN Y RESCISIÓN
Novena: La Nación se reserva la posibilidad de rescindir el presente convenio con una antelación no menor a los 30 (treinta) días mediante notificación fehaciente a la otra parte, procurando no afectar los derechos de los contratados. La Nación podrá resolver el presente convenio ante el incumplimiento por parte de La Universidad y de La Provincia de las obligaciones a su cargo, sin necesidad de intimación, ni interpelación judicial.
La resolución o rescisión por La Nación exime a La Universidad y a La Provincia de la obligación de completar el plan de trabajo.
VIGENCIA
Décima: El presente acuerdo estará vigente desde su suscripción y hasta la finalización de la totalidad de las actividades programadas.
CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS
Décimo Primera: Las partes constituyen domicilio, La Nación en la Unidad Ministro sita en la Av. 9 de Julio N° 1925, piso 2º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y La Universidad y La Provincia en los domicilios indicados en el encabezamiento del presente, donde serán válidas las futuras comunicaciones que se cursen. Las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad de Buenos Aires. En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los 12 días del mes de marzo de 2009
ANEXO A
Para el eficaz desarrollo de las distintas actividades propuestas, sería conveniente integrar en un equipo constituido por:
1. Coordinador académico-administrativo.
2. Coordinador operativo médico-odontológico
3. Equipo médico y odontológico
3.1. Médico
3.2. Odontólogo
1. Coordinador académico -administrativo
Perfil profesional
Es el responsable académico y administrativo de las actividades del Programa. Enlace entre unidad académica, Ministerio de Salud a nivel provincial y nacional y autoridades locales de Educación.
Es seleccionado y designado por la Facultad de Medicina de La Universidad, con la no- objeción de La Provincia.
Responsabilidades
Promover la articulación y comunicación entre el ámbito académico y provincial
Presentar los informes administrativos financiero contables a La Nación.
Seleccionar a los alumnos del último año de la carrera que colaborarán con los equipos;
Asegurar la capacitación de los alumnos y supervisar su desempeño en forma directa y a través del informe de los equipos;
2. Coordinador operativo
Será seleccionado y designado por La Universidad a propuesta de La Provincia y tendrá dependencia funcional de ella, de acuerdo con las características del Perfil requerido y la no objeción de la Coordinación del ProSanE del Ministerio de Salud de la Nación.
2.1. Coordinador médico-odontológico
Perfil profesional
• Médico pediatra, generalista, de familia, con residencia en la especialidad o formación equivalente;
• Acreditada experiencia en atención ambulatoria de niños en los servicios de salud pública, preferentemente en el primer nivel de atención y con la estrategia de atención primaria;
• Formación en salud pública y/o en administración de servicios de salud (recomendable);
• Experiencia docente universitaria (optativa).
Responsabilidades
• Promover la articulación y comunicación entre el ámbito académico y el asistencial.
• Capacitar a los equipos técnicos y calibrar su desempeño de manera que todos realicen las mismas tareas en tiempo y forma;
• Apoyar al equipo médico y al odontológico, realizar su seguimiento y supervisar el cumplimiento de las actividades programadas;
• Colaborar con el examen de pesquisa de alumnos en caso de ser necesario.
• Realizar la coordinación logística de las visitas a escuelas, compra y distribución de equipamiento e insumos según Anexo B.
• Apoyar al equipo médico y al odontológico, asegurar la realización diaria del plan de trabajo, en relación a traslado del equipo de trabajo, los insumos y equipamiento necesario.
• Supervisar en las escuelas el cumplimiento de las actividades programadas.
3. Equipo médico-odontológico
1. Médico
Perfil profesional
• Médico pediatra, generalista, de familia, clínico.
• Acreditada experiencia de trabajo en los servicios ambulatorios de atención de niños, particularmente en el primer nivel de atención y con la estrategia de atención primaria.
Responsabilidades:
• Participar de las reuniones de preparación del plan de trabajo;
• Presentarse a las autoridades de la escuela;
• Adecuar, con el acuerdo de los directivos, el ambiente físico para la tarea de tamizaje de patologías;
• Realizar el examen clínico de los escolares según atención protocolizada y llenar el formulario de control de cada escolar;
• Controlar la asistencia de los alumnos, controlar el cumplimiento de las actividades asistenciales y supervisarlas;
• Completar el listado de escolares que deben ser vacunados con detalle de las dosis a colocar;
• Detectar los principales problemas que afecten el desarrollo de las actividades y sus soluciones e informar al Coordinador operativo.
2. Odontólogo
Perfil profesional
• Odontopediatra, odontólogo
• Acreditada experiencia de trabajo en la atención de niños
Responsabilidades
• Participar de las reuniones de preparación del plan de trabajo;
• Presentarse a las autoridades de la escuela;
• Adecuar con el acuerdo de los directivos el ambiente físico para la tarea de tamizaje de patología;
• Realizar el examen odontológico de los escolares según atención protocolizada y completar la sección pertinente del formulario de control de cada escolar;
• Realizar la topicación con flúor gel a los escolares según corresponda;
• Controlar la asistencia de los alumnos de odontología al cumplimiento de sus actividades asistenciales, supervisar su tarea de apoyo y de educación para la salud bucal;
• Detectar los principales problemas en los efectores que afecten el desarrollo de las actividades, apoyar el desarrollo de sus soluciones e informar al Coordinador operativo.
ANEXO B
FORMA DE PAGO
El Ministerio de Salud transferirá los fondos para la ejecución de cada una de las actividades acordadas que incluyen compras de insumos, equipamiento, traslados a y desde las escuelas a La Universidad, refrigerio, contratación de personal médico y odontológico, carga de formularios de control y gastos administrativos de La Universidad. El monto a transferir por adelantado es del 30% del número de alumnos que se estima se incluirán en el plan de trabajo. El 70% se transferirá dividido en dos módulos que finaliza, el primero al comienzo del receso escolar invernal y otro al finalizar el año escolar, calculado en base a los escolares examinados, según formulario de control nominalizado. Al finalizar cada módulo y dentro de los diez (10) días hábiles, la Universidad presentará al Ministerio el informe técnico y administrativo, este último acompañado de documentación respaldatoria que justifique los gastos realizados, condición necesaria para la transferencia de los fondos que completen el 100% del monto acordado.
ANEXO C
Por equipo de trabajo
2 Balanzas
4 Tallímetros
1 Otoscopios
50 Espéculos para otoscopio
3 Tensiómetros anaeroides con mango inflable escolar y adulto
4 Colchonetas de goma espuma compactado 50 kg., 60 cm. de ancho, 5 cm. de alto y 150 cm. de alto con cubierta de material plástico resistente
Cubetas siliconadas 4 ml.
Bajalenguas
Guantes de examen látex tamaño medio
Barbijo recto cuatro tiras simple
Fosfato fluor acidulado al 1,23% con un ph de 3.1 en gel Alcohol gel
Kits
Cepillo dental niños
Cepillo dental adultos
Pasta dentífrica 50/90 gramos
Pastilla de jabón pequeña
Bolsas plásticas con cierre
Troquelados 1º y 6º grado
Impresos:
Carta invitación/Consentimiento
Formulario de control
Formularios de derivación
3 Afiches Snellen
6 Afiches promocionales
4 c/u Cuadernillos para docentes,
1º y 6º grado.

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