RESOLUCION 887/2009
MINISTERIO DE SALUD (M.S.)


 
Servicios Médicos Extrahospitalarios.
Del: 19/11/2009; Boletín Oficial 25/01/2010.

VISTO: La necesidad de modificar la Resolución Ministerial N° 0015/08, Anexo XXV, Servicios Médicos Extrahospitalarios, a fin de incluir modalidades que contemplen situaciones actuales de los mencionados servicios, como así también facilitar la comprensión y aplicación de los requisitos.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 2 la División de Legales del Registro de Unidades de Gestión de Prestaciones de Salud (RUGEPRESA), eleva a conocimiento el proyecto de modificación de la Resolución Ministerial N° 0015/09, Anexo XXV, Servicios Médicos Extrahospitalarios.
Que la mencionada División acompaña la fundamentación del proyecto de modificación, informando que el mismo, contó con la participación activa de la Jefatura de Área del Registro de Unidades de Gestión de Prestaciones de Salud, de la Subsecretaría de Servicios Pre-hospitalarios y de la Cámara Mediterránea de Empresas de Emergencias Médicas, agregando que dichas Unidades cuentan con el mayor conocimiento de la temática abordada.
Que la Resolución Ministerial 0015/09, se fundamentó en el objetivo de continuar implementando la Habilitación Categorizante de establecimientos asistenciales, optimizando el rol de fiscalización del sistema sanitario, sentando las bases para el desarrollo de un genuino Sistema Integrado de Salud, en los términos del Art. 59 de la Constitución Provincial y la Ley 9.133 de Garantías Saludables.
Que en tal sentido, el proyecto propuesto se adecúa a los preceptos de la Resolución N° 0015/09, que contiene la normativa complementaria del Decreto N° 033/08, reglamentario de la Ley N° 6222 y que alude de forma expresa a los objetivos allí contemplados.
Que en virtud de lo dispuesto en los incisos 1, 2, 4 y 11 del Art. N° 26 de la Ley Provincial N° 9.454 y, especialmente, a los preceptos constitucionales que reconocen y garantizan la integridad y dignidad de las personas (Art. 19 inciso 1 y 3; Art. 20 y Art. 59 de la Constitución Provincial), es que corresponde aprobar la modificación de que se trata para Servicios Médicos Extrahospitalarios.
Por ello, en uso de sus atribuciones y lo informado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales,
El Ministro de Salud resuelve:

Artículo 1°.- MODIFICASE el Anexo N° XXV de la Resolución Ministerial N° 015/09, mediante la cual se aprobó oportunamente la Normativa complementaria para la instrumentación del Decreto N° 33/08, reglamentario de la Ley 6222, por el que como Anexo Único compuesto por 28 (VEINTIOCHO) fojas, forma parte del presente Instrumento Legal.
Art. 2°.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dr. Oscar Félix Gonzalez.

ANEXO
Los Anexos estarán a disposición en RUGEPRESA Pasillo verde oficina 9 del Ministerio de Salud.

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