LEY 14079
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Adhiere a la Ley Nacional 25.392, de Creación del Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas.
Sanción: 25/11/2009; Promulgación: 18/12/2009; Boletín Oficial 12/01/2010.

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1°.- Adhiérase a la Ley Nacional 25.392, de Creación del Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas, constituido como depositario de los datos identificatorios y de filiación de los potenciales donantes de dichas células.
Art. 2°.- Créase en el ámbito del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, un registro informático de posibles donantes, en el cual deberán asentarse los datos identificatorios y de filiación de las mujeres en estado de gravidez que presten conformidad a la posibilidad de ser donantes.
Art. 3°.- La Autoridad de Aplicación de la presente, deberá suministrar la información depositada al Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI), sede del Registro Nacional, de acuerdo a lo estipulado en Ley 25.392.
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Horacio Ramiro González; Alberto Edgardo Balestrini; Manuel Eduardo Isasi; Máximo Augusto Rodríguez.


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