DECRETO 204/1999
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO


 
Programa de Atención Escolar.
Del: 10/03/1999; Boletín Oficial 05/07/1999.

VISTO: El decreto 764/84 que aprobó el Programa de Atención Escolar para la Provincia y la Resolución 390/92 del Ministro de Asuntos Sociales, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario adecuar el Programa Provincial de Atención Escolar, a la organización y normas vigentes en el ámbito educativo y de la salud pública de Río Negro y del país;
Que los exámenes que se practican permiten detectar patologías precozmente, tanto de índole físico - sensoriales, como psicosociales;
Que resulta imprescindible contar con un registro provincial sobre patologías prevalecientes en la población de edad escolar, como base para la implementación de acciones tendientes a resolver los problemas detectados mediante la integración de los recursos socio comunitarios disponibles;
Que mediante la aplicación del Programa se emite la Libreta de Sanidad Escolar la cual oficia como único documento sanitario válido y reconocido oficialmente en el ámbito provincial;
Que se hace imprescindible designar recursos humanos idóneos, responsables de llevar adelante este Programa tanto en los niveles Central, Zonal y Local;
Que solo la acción conjunta, solidaria e intersectorial pueden dar respuesta a las múltiples demandas que la implementación del Programa de Atención Escolar genera;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro decreta:

Artículo 1º - Apruébase la reformulación del Programa de Atención Escolar aprobado por Decreto Nº 764/84 y que como único anexo forma parte del presente.
Art. 2º - El cumplimiento del presente Programa será obligatorio en todas las Áreas de la Provincia dependientes del Consejo Provincial de Salud Pública.
Art. 3º - Apruébase la Libreta de Sanidad Escolar vigente, que será único documento sanitario válido una vez extendido por el personal de salud tanto del subsector público como del subsector privado de acuerdo a la libre elección de los padres, la que deberá permanecer en el poder de los mismos.
Art. 4º - El examen se realizará a los niños de preescolar (5 años), cuarto grado y séptimo grado de Escuelas públicas comunes y especiales, públicas de gestión privada y privadas.
Art. 5º - Destinar carga horaria al personal de Salud Pública y del Consejo Provincial de Educación en los niveles locales, zonales y central, para desempeñar funciones inherentes al Programa de Atención Escolar, según la demanda.
Art. 6º - El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.
Art. 7º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial, archívese.
VERANI - MACHADO

ANEXO DECRETO Nº 204
PROGRAMA DE ATENCION ESCOLAR DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
Antecedentes y Fundamentos:
No existían antecedentes hasta 1984 de un Programa que atendiera en forma ordenada, sistemática e integral la Salud del Niño de edad escolar en la Provincia de Río Negro.
Los esfuerzos realizados siempre fueron escasos, parciales, esporádicos y sólo orientados a la atención de la enfermedad o simplemente a cumplir con un trámite administrativo por solicitud de las autoridades escolares, todas estas acciones evidentemente, no revelaban un mecanismo de control para la evaluación de la aptitud psicofísica de los niños en edad escolar. Teniendo en cuenta esta situación, el entonces Ministro de Salud Pública de la Provincia de Río Negro dispuso en 1984 la organización de un Programa de Atención al Escolar, el cual fue elaborado por la Dirección y Control del citado Ministerio, con participación de Educación, aprobado por Decreto Nº 764 del Gobernador de la Provincia y refrendado por los Señores Ministros de Salud Pública y de Educación y Cultura.
El Programa cubría parte del espectro de población escolar de 6 a 14 años, llevando a cabo la ejecución de acciones de Prevención, Promoción, Protección y Rehabilitación de este grupo etareo, que al estar concentrado y bajo el régimen educacional, es de fácil captación, posibilitando un seguimiento adecuado de los niños. Para favorecer la situación, Educación aportó su invalorable apoyo ofreciendo su estructura para movilizar los niños y motivar a sus padres.
Se tenía conciencia que la atención de cobertura a todo el Grupo Provincial era difícil, por lo cual se tendió a su ejecución en forma progresiva, basándose en los preceptos de Atención Primaria. Se aprovecharon los recursos de Salud existentes, promoviendo la atención efectiva del Equipo de Salud.
Por este motivo se comenzó en 1984 con un Programa Piloto en tres localidades: Viedma, El Bolsón y Cipolletti, de distintas Zonas Sanitarias, teniendo en cuenta, las disímiles regiones existentes en la Provincia. Ampliándose la cobertura en 1985 y 1986 en tres localidades más Sierra Grande, General Conesa y San Antonio Oeste. En 1987 se extendió a las localidades de Lamarque, Choele Choel, Luis Beltrán y Río Colorado. En 1988 a Pilcaniyeu, Cinco Saltos y Chimpay, llegando a una cobertura de 13 localidades, lo que representa una porcentaje del 50% del Total de la Provincia.
Las actividades durante estos años se centraron en la detección de Patologías y su derivación a tratamientos, las cuales se cumplieron en parte, sobre toda las concernientes al tratamiento médico y odontológico en Nivel Oficial y Privado. El Programa no cuenta con fondos específicos para cubrir la demanda de Equipamiento para Patologías sensoriales y osteoarticulares.
Con el transcurso del tiempo, este Programa de Salud del Escolar se fue institucionalizando, situación que permitió un mejoramiento en la implementación del mismo y por ende en la calidad de vida de los alumnos.
Somos conscientes que en los 14 años que transcurrieron desde sus inicios a la fecha se han producido cambios importantes en las Instituciones donde se centra este proyecto, propios de todo proceso de transformación social.
Es por ello que basándonos en los resultados positivos que arroja su evaluación y tratando de dar respuesta a las demandas presentadas por la comunidad educativa, instituciones escolares y del ámbito de Salud y, con el convencimiento, que toda acción conjunta enmarcada en la línea de la prevención, redundará en beneficio de los niños adolescentes rionegrinos, es que hoy nos encontramos nuevamente ante el desafío de dar continuidad a este Programa con las adecuaciones y modificaciones que consideramos pertinentes atendiendo a que en nuestra provincia se están dando dos hechos de relevancia histórica como es la implementación gradual de la Ley Federal de Educación y la descentralización de los servicios de salud.
Es por ello, que centrándonos en el propósito del Programa de Salud del Escolar, que es la Atención Primaria de la Salud, se hace necesario acordar estrategias conjuntas (entre el área de Educación y Salud) que impliquen:
Favorecer desde el ámbito educativo el cuidado de la Salud a través de la prevención.
Promover la valoración de la Salud como derecho individual y responsabilidad social.
La utilización de los recursos existentes en los organismos intervinientes.
La incorporación de las actividades de Salud Escolar a los Programas médicos existentes.
La utilización de los recursos de escuelas y Áreas Programáticas como Centro de concentración que facilite la operatividad del Programa.
La combinación de actividades preventivas, recuperatorias y de rehabilitación.
La Vigilancia Epidemiológica integrada a la Atención en Salud.
La capacitación docente en temas de Educación para la Salud.
La interacción con la familia y grupos organizados de la comunidad en el tratamiento de la problemática de la infancia y la adolescencia.
La coordinación con el Instituto Provincial del Seguro de Salud para ampliar la cobertura.
La coordinación e integración de esfuerzos intrasectoriales con los distintos Programas del Consejo Provincial de Salud Pública.
Desde este marco se enfatiza la participación de la comunidad, como estrategia tendiente a la transformación del sistema tradicional a través de la democratización del mismo y la instalación del trabajo de Educación para la Salud en el marco de la implementación gradual de la Ley Federal de Educación, en busca de caminos alternativos que faciliten el trabajo eficaz conjunto.
En este contexto la educación y la comunicación en materia de salud son especialmente importantes ya que en realidad son los individuos y las familias y no los médicos u otros Agentes Sanitarios, quienes toman la mayor parte de las decisiones que afectan a su Salud.
Para lograr una mejor inserción, en la comunidad, de decisiones por parte de las personas que la integran, es necesario buscar formas de participación a través de un aprendizaje e interacción continuo, que les permita actuar con relación a los factores que condicionan la salud.
Si la Educación se concibe como un proceso de crecimiento del ser humano hacia su formación integral, es evidente que el Programa de Salud del Escolar, no es de ningún modo una actividad extraña al quehacer de la escuela.
Por lo explicitado, decimos que es importante promover la atención sistematizada e integral en salud del niño y adolescente en Edad Escolar, entendiendo que del resultado de estas acciones preventivas, resultará una disminución de la rehabilitación (Prevención terciaria) en beneficio de la promoción y protección (prevención primaria), implicando un aumento de cobertura, disminución de los insumos y por ende de costos y mayor rédito social.
Enfatizándose las acciones de control en Salud, antes de la demanda patológica, lo cual provocará un cambio, no sólo en la población sino también en los efectores de Educación y Salud.
Propósitos Generales:
Favorecer la atención integral de la Salud de los alumnos en edad escolar.
Detectar patologías que inciden en el correcto crecimiento de los niños.
Facilitar los tratamientos necesarios acorde a las patologías detectadas, desde un enfoque multidisciplinario o derivarlos para la realización de estudios que se requieran.
Propósitos Específicos:
Control en Salud de los niños que ingresan al Nivel Inicial (sala de 5) y del 1º ciclo de escuelas comunes y especiales, que no hayan asistido al preescolar.
Control en salud de los niños que ingresan al 4to. año de EGB de las escuelas comunes y especiales.
Control en Salud de los niños que egresan del 7º grado.
Realizar el diagnóstico de familias de riesgo.
Intensificar las evaluaciones globales del niño en un contexto psicofísico social a fin de identificar las patologías subyacentes a los trastornos de aprendizaje y/o de conducta y sus diagnósticos diferenciales.
Detección de patologías, realización de trabajos simples y/o derivación a especialistas para estudio y/o tratamiento.
Completar esquema de inmunizaciones.
Detección de patología odontológica.
Tratamiento odontológico preventivo y/o curativo de la patología detectada.
Registro de la población escolar y atendida, en las fichas de atención al escolar, para realizar el relevo mensual de los niños atendidos y las patologías detectadas en el C.P.S.P. en coordinación con el Departamento de Estadística.
Registro de la atención al Escolar en Libretas Sanitarias Escolares, las cuales quedarán en poder de los padres y reemplazarán todo otro certificado.
Coordinar acciones entre ambas áreas para el seguimiento del tratamiento de las patologías detectadas.
Coordinar con otros programas del sector salud: Educación para la Salud, Salud Mental, Odontología, etc.
Actividades:
Control en Salud de Niños al ingreso y egreso escolar evaluando el desarrollo Psico Físico Social y en el 4º Año de EGB.
Definición del Nº de niños a atender en el año escolar según el recurso humano destinado para dicha atención: Médico Pediatra o Generalista, Odontólogo, Enfermero, Coordinadora de Educación, etc.
Definición del Grupo diario a atender.
Citación de los niños por medio de Educación en coordinación con Salud.
Confección de fichas que quedarán en el fichero del Consultorio de Atención al Escolar.
Confección de Libreta Sanitaria que será entregada a cada niño atendido.
Realización del examen físico y osteoarticular, control de peso-talla, signos vitales, medición de la agudeza visual, examen odontológico y actualización del esquema de vacunación.
Detección de patología: diagnóstico de Patologías Clínicas, Odontológicas, etc. las cuales serán registradas en las Fichas y Libretas Sanitarias.
Se realizarán tratamientos simples, solicitud de análisis y/o radiografías y se derivarán a los consultorios de especialistas médicos y/o de apoyo pedagógico en caso de que fuera necesario.
Se comunicará a los padres personalmente y a la escuela por intermedio de los docentes de grado de los alumnos atendidos, las patologías detectadas, los tratamientos y/o las derivaciones indicadas, etc.
Se realizará el seguimiento, tratamiento y/o derivación indicada por medio de la Coordinadora, la docente de grado, otros referentes (de Salud Educación, etc.).
En caso de no haber cumplido el niño con la derivación y/o el tratamiento indicado, sé instrumentarán mecanismos de citación por medio del Servicio Social y/o Agente Sanitario.
Sistema de registro y procesamiento de la información (se realizará un instructivo).
La Coordinadora por el área de Educación realizará el consolidado de los datos registrados en las Fichas para ser elevado a la Dirección de Maternidad e Infancia con el informe de las actividades realizadas.
El Médico y Odontólogo que realice Atención al Escolar, llenarán también diariamente el registro de la Atención en las mismas Planillas que se utilizan en los Consultorios Hospitalarios. Estas Planillas deberán ser remitidas para su procesamiento al Servicio de Estadística.
Recursos Humanos:
1er. Nivel o Central:
Normalizador, Conductor y Supervisor.
Conformación del Comité Científico del Programa de Atención al Escolar con personal Técnico perteneciente al Área de Salud Pública (Dirección de Maternidad e Infancia, Departamento Estadística, Departamento Nutrición, Departamento Salud Mental, Departamento Educación para la Salud) y del Área Educación (Dirección de Nivel Inicial, Primario y Coordinación de Regímenes Especiales).
Funciones:
Programar y Normatizar las acciones del Programa.
Asesorar a los niveles operativos en relación a la aplicación del Programa.
Evaluar y Supervisar las acciones programadas.
2do. Nivel Zonal:
Coordinador - Supervisor.
Conformación del Equipo de trabajo Multisectorial: con el Presidente de Zona Sanitaria y o Secretario Técnico de Salud, y las Supervisiones de los Niveles Inicial, Primario y Especial, dependientes del Consejo Provincial de Educación, Representante del Instituto Provincial del Seguro de Salud y del Área de Acción Social (De ser posible).
Funciones:
Apoyatura y Asesoramiento permanente en cuanto a las acciones del Programa en cada localidad, en relación a: Análisis de la Planificación y ajuste metodológico de la situación del Área y los recursos disponibles.
Apoyatura en la coordinación de derivaciones de Patologías que requieren asistencia de especialistas o estudios diagnósticos, y/o tratamiento complejo, desde las diferentes localidades al Hospital Zonal o cabecera.
Apoyatura Técnica en la provisión de Prótesis y/o tratamiento especial de rehabilitación consistentes en: Asesoramiento de la obtención del recurso financiero específico: Cooperación Técnica en relación a los trámites de adquisición propiamente dicha de la prótesis, de acuerdo a las especificaciones técnicas determinadas.
Apoyatura Técnica en la capacitación del recurso humano afectado al Programa (Equipo de Salud y de Educación).
Supervisión y Evaluación de las actividades programadas.
Supervisión y Evaluación trimestral del Programa.
Intervenir en la Evaluación anual del Programa.
3er. Nivel u Operativo:
Programador Local - Ejecutor Supervisor.
CONFORMACION DEL EQUIPO LOCAL DIRECTIVO: de Atención al Escolar; formado por el Coordinador Escolar y el Médico a cargo del Programa.
Funciones:
Asegurar la cooperación en la planificación, ejecución y evaluación del Programa en el Área en forma conjunta.
Área Médica:
Médico a cargo y coordinador del Programa de Atención al Escolar: Jefe del Departamento de Actividades Programadas para el Área y/o Médico a cargo del Programa.
Funciones:
Programar, Supervisar, Evaluar y Coordinar las actividades del Programa a su cargo.
Adecuar y elaborar las Normas Técnicas y Administrativas con el objeto de asegurar la efectividad, eficacia y eficiencia de las prestaciones que deben brindar al Programa a nivel local.
Elevar el informe Estadístico de producción y rendimiento.
Responsabilizarse de las actividades técnicas del Programa de Atención al Escolar velando por el correcto cumplimiento de lo establecido en los procedimientos de derivaciones.
Comunicar y coordinar acciones con el Servicio Social y/o Departamento de Actividades Programadas para el área en los casos que no se cumplieran con las derivaciones y/o tratamientos solicitados con el fin de citarlos nuevamente.
Realizar un registro del estado de Salud de los niños asistentes a Sala de 5 (Preescolar del Nivel Inicial), 4º año de la EGB y 7º grado. Priorizando el preescolar.
Evaluar crecimiento, desarrollo; detectar problemas visuales, trastornos del lenguaje, audición, desnutrición, patologías clínicas, etc. efectuando su tratamiento y/o derivación apropiada.
Verificar el cumplimiento oportuno de las Normas de Vacunación y su corrección en caso de omisión.
Efectuar la vigilancia Epidemiológica y la aplicación de medios específicos sobre niños enfermos y sus controles.
Promover una mayor educación sanitaria del escolar individual o colectivo, a través de la participación activa del Equipo de Salud y Educación.
Área Odontológica:
Odontólogo a cargo del Programa de Atención del Escolar.
Funciones:
Coordinar acciones de programación, supervisión y evaluación con el médico a cargo del Programa.
Colaborar en la elaboración de Normas Técnicas y Administrativas.
Elevar el informe estadístico referente al Programa.
Responsabilizarse de las actividades técnicas del Programa referente a lo establecido en los procedimientos de derivaciones.
Realizar un registro del estado de Salud Bucal de los niños asistentes a Preescolar y 1º y 4º Año de EGB y 7º grado de las Escuelas de Nivel Primario. Índice C.P.O.D. cuando sea necesario; libre de caries o sin experiencia de caries (volcado en Planilla de Examen de Salud Escolar).
Examen bucal de tejidos duros y blandos, mobilidad en lateralidad, apertura y cierre. Detección de transposiciones dentarias y disfunciones por hábitos. Citar para tratamiento preventivo y/o curativo o derivar a quien corresponda.
Aprovechar el momento de reunión entre niños, padres y docentes, si el tiempo y el recurso humano lo permiten, para comentar temas globales de prevención (importancia del molar de los 6 años, técnicas de cepillado, etc.)
Promover una mayor educación sanitaria del escolar individual y colectiva, a través de la participación activa del Equipo de Salud y Educación.
Área Enfermería:
Responsabilizarse por la preparación, mantenimiento y cuidado del material, instrumental y equipo que se utilicen en el área médica de Enfermería.
Colaborar en procedimiento de diagnóstico y tratamiento.
Controlar la correcta preparación de los pacientes que deben someterse a examen clínico.
Control de signos vitales, peso y tallas.
Realizar la vacunación de acuerdo al calendario oficial y a las Normas establecidas.
Área Educación:
Coordinadora del Programa de Atención al Escolar:
Funciones:
Coordinar con el sector Educación y Salud para definir cantidad de niños a atender.
Definir el grupo diario a atender de acuerdo al recurso humano disponible a nivel hospitalario.
Coordinar con las directoras de escuelas a realizar la citación de los niños, en fecha y hora preestablecida en coordinación con la maestra de grado.
En el consultorio de Atención al Escolar confeccionar la primera parte de la ficha (datos de identificación, signos vitales, agudeza visual, peso, talla, etc.).
Confeccionar la Libreta Sanitaria Escolar y entregarla al niño y/o a sus padres, llenar diariamente la planilla del consultorio hospitalario, las cuales serán remitidas al Servicio de estadística.
Mantener el sistema de fichero de los pacientes permanentemente actualizado.
Realizar el resumen mensual y semestral de datos de las fichas por área y enviarlos a la Dirección de Maternidad e Infancia y al Consejo de Educación en el mes de Diciembre (Dirección de Nivel Primario).
Realizar el control de las derivaciones solicitadas y el cumplimiento de los tratamientos indicados, en coordinación con la maestra de grado, y elevar el informe al médico responsable del Programa.
Serán funciones del docente del grupo a atender:
Asegurar la asistencia del alumno a la citación con sus padres, o familiar a cargo.
Llevar el registro de los alumnos atendidos y derivados.
Colaborar con el cumplimiento de las derivaciones.
Comunicar a la coordinadora en caso de no concurrencia a las citaciones.
Articular con el Coordinador de Educación para apoyar la tarea de éste.
Colaborar con el cumplimiento de la implementación del Programa.
Mecánica de Trabajo:
Al comenzar el año lectivo se realizará una Reunión entre el Equipo local de Atención al Escolar y la Directora de Escuelas a las que se comunicará:
Fundamentos, propósitos y objetivos del Programa.
Metodología de Trabajo.
Cronogramas de Actividades.
Posteriormente dicha información deberá ser transferida a los docentes y padres del grupo etario a atender.
El Equipo de Atención al Escolar local debe estar conformado por:
Médico a cargo del Programa.
Odontólogo.
Enfermera.
Coordinadora del Programa por el área de Educación.
La coordinadora elaborará el cronograma de Actividades anuales y comunicará con una semana de anticipación, a la maestra de grado el grupo diario a atender, la misma procederá a citarlos con sus padres, acompañarlos al consultorio. Cada niño deberá llevar su carnet de vacunas y documento.
Cada Director de Área Programa instrumentará un horario especial para atención de los alumnos en cada Hospital y Puesto Sanitario y Consultorio Periférico fijo o ambulatorio y Escuela.
Las variables metodológicas posibles que pueden ser utilizadas son:
Examen médico programado y realizado en el centro de Salud.
Examen médico programado y realizado en la escuela a través de la visita del Equipo Médico de Atención al escolar.
Examen médico programado y realizado en la escuela por un Equipo móvil, en aquellas escuelas muy alejadas de un sector asistencial.
En dicho consultorio la coordinadora comenzará el interrogatorio y el encabezamiento de la ficha; orientado a los padres sobre la metodología de Atención: Vacunación, Examen Odontológico, Examen Clínico completo sin ropas, toma de signos vitales, peso, talla, examen de agudeza visual y auditiva.
Se completará el llenado de la ficha y de la Libreta Sanitaria, la cual se entregará a los padres y deberá reemplazar cualquier certificado solicitado por diversas Instituciones.
El registro de las derivaciones constará en el cuaderno de la maestra de grado de Atención al Escolar, y el profesional médico confeccionará una Derivación en la Libreta que será entregada a los padres del niño. Los mismos pueden concretar dicha derivación a través de la consulta a Servicios Asistenciales Oficiales, de Obras Sociales o Privada. En todos los casos el médico actuante deberá firmar la Libreta en el ítem derivación, la que será presentada nuevamente al consultorio de Atención al Escolar, para asegurarse el cumplimiento de la misma y recabar datos de Derivación que se volcarán a las fichas individuales.
Si los padres eligieran para la consulta de derivación el Nivel Oficial, el Hospital deberá garantizar turnos médicos, odontológicos y exámenes complementarios para el Programa según recursos.
El médico responsable del Programa coordinará las derivaciones que se efectúen a Nivel Hospitalario garantizando una ágil atención del alumno en los diferentes Especialistas cuya interconsulta sea solicitada.
Todo niño atendido en Servicio Hospitalario deberá habilitársele una Historia Clínica, para garantizar un correcto seguimiento por consultorio externo de Pediatría y de los especialistas consultados.
En caso de constatarse, por parte de la coordinadora Docente, la falta del cumplimiento de las derivaciones efectuadas, ésta elevará al médico responsable del Programa, la nómina de los alumnos que se encuentran en la misma situación. El mismo determinará acciones asistenciales específicas para la solución de los problemas, a través de los Equipos de Servicios Sociales de las áreas involucradas en la temática (Hospital - Acción Social del Municipio - Obra Social - etc.).
Cada Hospital del Área elevará anualmente a la Zona correspondiente, la estadística de Atención al Escolar.
Supervisión:
I - Nivel o Central:
El Jefe de la Dirección de Maternidad e Infancia en coordinación con la Jefa de Odontología, Nutrición, etc. en forma conjunta con la coordinadora del Central por el Área de Educación supervisarán 2 veces al año las Zonas Sanitarias y/o Programas.
II - Nivel o Zonal:
El Presidente de la Zona Sanitaria y/o Técnica Zonal con la Supervisora del Consejo Provincial de Educación, supervisarán trimestralmente las actividades Programadas.
III - Nivel o Local:
El médico a cargo de Atención al Escolar supervisará mensualmente el cumplimiento del Cronograma de actividades programadas, la calidad de Atención y el cumplimiento de las derivaciones solicitadas.

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