DECRETO 7/1998
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO


 
Adhiere al Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica
Del: 12/01/1998; Boletín Oficial 02/03/1998

VISTO: el Decreto N°: 578/93 del Poder Ejecutivo Nacional y el Decreto N°: 23/96 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Río Negro, por el cual la Provincia de Río Negro adhirió al primero, y ;
CONSIDERANDO:
Que una de las políticas sustantivas de este Gobierno, consiste en mejorar la accesibilidad, eficiencia y calidad de la atención médica mediante la efectiva extensión de la cobertura a toda la población con acciones del mejor nivel de calidad posible y el menor costo económico y social;
Que es intención de la autoridad sanitaria desarrollar acciones de normalización, fiscalización y evaluación en el área de la atención médica, debiéndose arbitrar los mecanismos apropiados con el fin de implementar en forma inmediata las medidas correspondientes;
Que por las Resoluciones N°: 247/96 y 25/97 de la Secretaría de Recursos y Programas de Salud del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación fueron inscriptos la totalidad de los hospitales públicos de la provincia de Río Negro en el Registro Nacional de Hospitales Públicos de Autogestión;
Que según lo establece el Decreto N°: 578/93 en el Art. 5 inc. "h" es requisito básico dar cumplimiento al Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica elaborado por la Secretaría de Salud del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación, aprobado por Resolución N°. 149/93;
Que a través del mencionado Programa se normalizarán y desarrollarán actividades vinculadas entre otras con: a) la habilitación y categorización de los establecimientos asistenciales, b) control del ejercicio profesional del personal del equipo de salud, c) la elaboración de normas de funcionamiento y manuales de procedimientos de los servicios de salud y de normas de atención médica, d) el asesoramiento y cooperación técnica en relación con las actividades antes señaladas, e) la fiscalización y el control sanitario, f) la evaluación de calidad de la atención médica y de los servicios de salud;
Que habiendo la Provincia de Río Negro adherido al Decreto N° 578/93 del Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto N° 23/96, se hace necesario en esta instancia adherir también al Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro
DECRETA:

Artículo 1° - Adherir al Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica aprobado por Resolución N° 149/93 de la Secretaría de Salud del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación.
Art. 2° - El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.
Art. 3° - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.


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