PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Adhesión Provincial a Ley 7468. Modificación Ley 5293 sobre pase gratuito para servicio de transporte público y espectáculos deportivos y culturales para ser utilizados por personas discapacitadas
Sanción: 26/02/2004; Boletín Oficial: 17/05/2004

La Cámara de Diputados de la Provincia de San Juan sanciona con fuerza de L E Y :

Artículo 1º.- La Provincia de San Juan se adhiere al Artículo 1º de la Ley Nacional Nº 25.635 y su Decreto Reglamentario Nº 38/2004 en su parte pertinente.-
Art. 2º.- Modifícase el Artículo 1º de la Ley Nº 5.293, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1º.- Las personas discapacitadas amparadas por la Ley Nacional Nº 22.431, Artículo 2º y su adhesión provincial mediante la Ley Nº 5.023, que deban utilizar los servicios de transporte urbano, suburbano o de larga distancia de transporte automotor de la Provincia, gozarán de un pase gratuito con la simple exhibición del certificado de discapacidad extendido por la Dirección de Personas con Capacidades Especiales y Documento Nacional de Identidad, Cédula de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica. También tendrán pases gratuitos a los espectáculos depor-tivos y culturales que realice el Estado Provincial”.-
Art. 3º.- Modifícase el Artículo 2º de la Ley Nº 5.293, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 2º.- Este servicio podrá ser utilizado gratuitamente por uno de los tres posibles acompañantes debidamente acreditados ante la Dirección de Personas con Capacidades Especiales y su Junta Evaluadora (Ley Nº 5.023, Artículo 4º), debiéndose certificar la necesidad del mismo”.-
Art. 4º.- Deróguese en todas sus partes el Artículo 3º de la Ley Nº 5.293.-
Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-


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