LEY 449
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR


 
Adhesión provincial al art. 1º de la ley Nacional Nº 24.314 sobre accesibilidad de personas con movilidad reducida.
Sanción: 03/06/1999; Promulgación: 23/06/1999; Boletín Oficial 02/07/1999

La Legislatura de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur sanciona con fuerza de ley:

Artículo 1 - Adhiérese la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur al artículo 1º de la Ley nacional Nº 24.314 sobre accesibilidad de personas con movilidad reducida.
Art. 2 - Comuníquese al Poder Ejecutivo provincial.
Oyarzún; Lassalle


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