LEY 4863
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA


 
Adhesión a la ley Nacional Nº 23.413 - Detección de hipotiroidismo en niños recién nacidos
Sanción: 26/10/1995; Promulgación: 14/12/1995; Boletín Oficial 06/02/1996.

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Catamarca sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1º.- Adhiérase la Provincia de Catamarca a la Ley Nacional Nº 23.413, texto conforme a la Ley 23.874, referida a la realización de la prueba obligatoria de rastreo para la detección de la Fenilcetonuria y el Hipotiroidismo en niños recién nacidos.
Art. 2º.- Una vez promulgada la presente Ley se establece la obligatoriedad de incorporar en la Libreta Sanitaria Infantil el resultado de las pruebas de rastreo a las que hace referencia el artículo 1º.
Art. 3º.- La Subsecretaria de Salud Pública deberá proveer, con afectación a su presupuesto, lo conducente para el cumplimiento de las prescripciones del artículo 1º.
Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese y Archívese.
Colombo; Guzmán; Navarro; Altamirano.
Titular del PEP: Dn. Arnoldo Aníbal Castillo.


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