LEY 2834
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ


 
Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas. Adhesión de la Provincia a la ley nacional 25.392.
Sanción: 24/11/2005; Promulgación: 21/12/2005; Boletín Oficial 05/01/2006


Artículo 1° - Adhiérase a la Ley Nacional 25.392 de Creación del Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas, constituido como depositario de los datos identificatorios y de filiación de los potenciales donantes de dichas células, las cuales se aplican al tratamiento de enfermedades sanguíneas malignas y no malignas como anemia aplácica, leucemia, patologías metabólicas y otras alteraciones congénitas.
Art. 2° - Créase en el ámbito del Ministerio de Asuntos Sociales de la provincia de Santa Cruz, a través de la Subsecretaría de Salud Pública, un registro informático de posibles donantes, en el cual deberán asentarse los datos identificatorios y de filiación de las mujeres en estado de gravidez que presten conformidad a la posibilidad de ser donantes.
Art. 3° - La autoridad de aplicación de la presente, deberá suministrar la información depositada al Instituto Nacional Central Unico Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI), sede del Registro Nacional, de acuerdo a lo estipulado en Ley 25.392.
Art. 4° - Comuníquese, etc.


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