LEY III-0081-2004
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS


 
Defensa contra el paludismo. Adhesión de la Provincia a la ley nacional 5195. Derogación de la ley 2011.
Sanción: 10/03/2004; Promulgación: 16/03/2004; Boletín Oficial 24/03/2004.

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de San Luis, sancionan con fuerza de
Ley

Paludismo. Defensa contra el paludismo.
Disposiciones de ley nacional Nº 5195
Artículo 1º.- Declárase a la Provincia acogida a los beneficios de la Ley Nacional Nº 5195 sobre "Defensa contra el Paludismo".
Art. 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo, para declarar igualmente acogida a la Provincia al régimen de cualquier otra Ley modificatoria o ampliatoria de la citada Ley Nº 5195, y contraer los compromisos u obligaciones inherentes, para colaborar con la autoridad nacional y centralizar la acción de la campaña antipalúdica por los medios y en la medida que la profilaxis reconozca como eficaces, a juicio de la autoridad nacional.
Art. 3º.- El Poder Ejecutivo, las municipalidades y comunas, dictarán las disposiciones generales y ordenanzas particulares de saneamiento y de cooperación necesaria para la eficacia de la lucha antipalúdica, especialmente en los puntos que lo requiera la autoridad nacional, sin perjuicio de la colaboración que incumbe a las demás autoridades provinciales a los mismos fines.
Art. 4º.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley cuando lo crea necesario para determinar y especificar la colaboración de las reparticiones de su dependencia.
Art. 5º.- Derogar la Ley Nº 2011 y toda otra norma que se oponga a la presente Ley.
Art. 6º.- Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Recinto de Sesiones de la Legislatura de la provincia de San Luis, a los diez días de marzo de dos mil cuatro.
Sergnese Carlos José Antonio; Presidente Cámara de Diputados. San Luis
Blanca Renee Pereyra; Presidenta Honorable Cámara de Senadores. Prov. de San Luis
José Nicolás Martinez; Secretario Legislativo H. Cámara de Diputados. San Luis
Esc. Juan Fernando Verges; Secretario Legislativo H. Senado. Prov. de San Luis


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