LEY 12847
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


 
Estatuto y escalafón para los profesionales universitarios de sanidad -- Desempeño del cargo --Incompatibilidad legal total para el libre ejercicio profesional -- Modificación del inc. b), apart. 4) de la ley 9282.
Sanción: 29/11/2007; Boletín Oficial 04/01/2008

Sustitúyese el inciso b) del apartado 4) del Artículo 17 de la Ley 9282 y sus modificatorias, por el siguiente texto:

Artículo 1° - Sustitúyese el inciso b) del apartado 4) del Artículo 17 de la Ley 9282 y sus modificatorias, por el siguiente texto:
"Artículo 17 - 4) - b) Los profesionales, cuando el desempeño del cargo le signifique una incompatibilidad legal total para el libre ejercicio profesional, recibirán una bonificación del 100% (ciento por ciento) sobre el total de los rubros integrativos y adicionales, generales y particulares, remunerativos o no, que compongan su haber mensual, con excepción de los correspondientes a asignaciones familiares."
Art. 2° - El Poder Ejecutivo dispondrá, dentro de un plazo no mayor a treinta días de promulgada la presente, las adecuaciones presupuestarias que correspondan para afrontar las erogaciones que demanda la presente.
Art. 3° - Comuníquese, etc.


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