DECRETO 1925/2003
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS


 
Acta compromiso suscripta por el Estado Nacional, con diversas entidades públicas y civiles, reafirmando la responsabilidad y el compromiso en la efectivización de los derechos con jerarquía constitucional consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño. Adhesión de la Provincia a los principios establecidos en la ley nacional 23.849.
del 29/05/2003; Publicado en: Boletín Oficial 17/06/2003

Visto
La conmemoración de un nuevo aniversario de la sanción de la Declaración de los Derechos del Niño, resultado de la convención que al efecto realizara la Asamblea General de las Naciones Unidas; y
Considerando:
Que la misma fue ratificada por nuestro país mediante Ley N° 23.849, habiendo adquirido jerarquía constitucional en oportunidad de la última reforma de la Carta Magna, en el año 1994;
Que ante dicho acontecimiento, el Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia organizó, oportunamente, una jornada de festejos en cuyo marco se invitó a suscribir un acta de compromiso del Estado y todas aquellas entidades civiles que así lo acordaran, en pos del cumplimiento de los derechos consagrados;
Que el organismo nacional ha invitado a esta Provincia a manifestar su adhesión exprese a los principios plasmados en el acta citada;
Que a través del Consejo Provincial del Menor, la Provincia de Entre Ríos viene implementando sus políticas en materia de niñez, adolescencia y familia de conformidad con los derechos sustentados en la convención, más allá de las dificultades que se plantean debido a la profunda crisis social y económica en que se encuentra inmersa nuestra sociedad;
Que ante esa realidad, se hace imprescindible desarrollar políticas sociales necesarias para el cumplimiento del nuevo derecho a la infancia, consagrado en la convención;
Que la efectividad de estos derechos del niño requiere de una decidida política del gasto público de asistencia a las familias más necesitadas;
Por ello, el Gobernador de la Provincia, decreta:

Artículo 1° - Adhiérese la Provincia de Entre Ríos a los principios sustentados en el acta compromiso suscripta por el Estado Nacional y distintas entidades públicas y civiles que así lo acordaron, reafirmando la responsabilidad y el compromiso en la efectivización de los derechos consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño ratificada por Ley N° 23.849 y con jerarquía constitucional desde 1994, a través del Consejo Provincial del Menor.
Art. 2° - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Acción Social.
Art. 3° - Comuníquese, etc.
Montiel; Villaverde.


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