LEY 560
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR


 
Salud pública. Obligación de expresar en recetas o prescripciones médicas el nombre genérico del medicamento o la denominación común internacional. Adhesión de la Provincia a la ley nacional 25.649.
Sanción: 10/10/2002; Promulgación: 18/11/2002; Boletín Oficial 27/11/2002


Artículo 1º - Adhiérese la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, en todos sus términos, a la Ley nacional Nº 25.649 sobre promoción de la utilización de medicamentos genéricos.
Art. 2º - Comuníquese, etc.


Copyright © BIREME  Contáctenos