LEY 2013
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA


 
Normas para la prevención de las anemias y las malformaciones del tubo neural. Comercialización de harinas. Adhesión de la Provincia a la ley nacional 25.630.
Sanción: 31/10/2002; Promulgación: 12/11/2002; Boletín Oficial 22/11/2002


Artículo 1° - La provincia de La Pampa adhiere a la ley nacional 25.630, para las harinas que se comercialicen en su territorio.
Art. 2° - Debe entenderse por harinas a los efectos de la presente ley, lo especificado en la ley 18.284 (Código Alimentario Argentino) y sus modificaciones.
Art. 3° - El Poder Ejecutivo Provincial designará la autoridad de aplicación de la presente norma, quien reglamentará la misma y dispondrá una campaña de difusión referente a los beneficios de incorporar el ácido fólico y el sulfato ferroso en la dieta.
Art. 4° - Comuníquese, etc.


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